Las ventas de bienes de segunda mano realizadas por particulares en plataformas online están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%. Así lo establece una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de 22 de agosto de 2017 (V2170-17).
Esta doctrina es de directa aplicación para quienes vendan bienes de segunda mano en plataformas como eBay, Wallapop, Chicfy, E-bay Vibbo, Milanuncios o Amazon, entre otras.
Con esta consulta Hacienda responde a un contribuyente que quería saber si la venta en estas plataformas online estaba sujeta a IVA o a algún impuesto.
¿Qué impuesto grava dichas operaciones?
La tributación de estas operaciones dependerá de si se trata de operaciones pertenecientes al tráfico empresarial o si, por el contrario, se realizan entre particulares.
Si se venden objetos usados en el desarrollo de la actividad empresarial, quedarán sujetas al IVA. Por ejemplo, una maquinaria de nuestro negocio que ya no usamos y decidimos vender. Para las empresas y autónomos que venden objetos usados como una de sus líneas de negocio, existe un régimen especial de IVA para bienes usados (concesionarios, tiendas de muebles y artículos de segunda mano…).
Si se venden objetos usados entre particulares se considera una operación no sujeta a IVA debiéndose considerar transmisión patrimonial gravada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). El impuesto debe liquidarlo y pagarlo el comprador aplicando al valor real del bien el tipo de gravamen que corresponda según el tipo de bien de que se trate. Con carácter general, cuando se trate de bienes muebles se gravará al 4%.
¿Y hay que incluirlas en nuestra declaración de renta?
Se tributa en IRPF por la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
En consecuencia, la venta de un artículo e segunda mano por ejemplo, un teléfono móvil en Wallapop, genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe declararse en el IRPF.
Si esa venta se realiza en el desarrolla en el ejercicio de nuestra actividad profesional, esa venta será una más de nuestra actividad, como las que hacemos en nuestra tienda física o tienda online. Y además del IVA antes comentado tendremos que tener en cuenta la amortización de dicho bien a la hora de calcular la variación patrimonial.
Si la venta la hacemos como particulares, es decir aunque tengamos empresa lo que se vende es algo que pertenece al patrimonio personal, la ganancia obtenida será una ganancia patrimonial a incluir en nuestra declaración de renta.
Siempre hay que declarar estas variaciones del patrimonio, pero la realidad es que puede haberse dado una pérdida y no una ganancia, es lo más frecuente cuando se venden artículos usados.
Pongamos un ejemplo,
A nivel particular me compro un móvil por 500 euros.
Como al año siguiente sale el nuevo modelo y soy muy fan de la marca, lo vendo para comprarme uno nuevo. Cuelgo la información en Wallapop y me lo compran por 200 euros.
Compré el móvil por 500 y lo vendo de segunda mano por 200. No ha habido ganancia patrimonial, sino todo lo contrario, una pérdida patrimonial no computable, pues el artículo 33 punto 5b de la Ley del IRPF dice que no se computarán como pérdidas patrimoniales las debidas al consumo.
Queremos aclarar al hilo de las noticias surgidas últimamente que esta tributación no es ninguna novedad, simplemente que hay que tener en cuenta que operaciones que antes pasaban desapercibidas y los particulares ni se planteaban declarar, ahora son objeto de un mayor control por parte de la Agencia Tributaria que se ha enfocado a la captación y explotación de la información disponible en Internet para descubrir actividades que formen parte de la economía sumergida.
En el Plan de Control Tributario de 2017, Hacienda anunció que vigilaría los nuevos medios de pago (bitcoins, pagos desde dispositivos móviles, plataformas mediadoras, etc.) y uno de los próximo pasos es obligar a que las plataformas digitales de alquiler turístico faciliten información a través de declaraciones informativas, como ya ocurre en otros países.
Rastrear las ventas online entre particulares resulta una tarea muy complicada y laboriosa, ya que los importes son bajos y a veces las transacciones no se realizan a través de plataformas, sino que son los particulares los que se ponen de acuerdo. La labor de la inspección sería poco eficaz y en caso de serlo, la recaudación sería muy pequeña.
Afiris somos una asesoría en Zaragoza especialistas en asesoramiento fiscal y tributario y ayudamos a nuestros clientes a cumplir con las obligaciones ante Hacienda y a aprovechar todos los beneficios fiscales en sus declaraciones de impuestos.
Consúltanos sin compromiso y te informaremos de nuestros servicios.