Estamos de enhorabuena tras el cambio de criterio de la Tesorería de la Seguridad Social respecto a la aplicación de la tarifa plana a autónomos societarios.
Teníamos razón y por fin nos la han dado.
Has leído bien, TODOS los autónomos, incluidos los societarios, tendrán derecho a la tarifa plana siempre que cumplan los requisitos. Hasta ahora este colectivo quedaba excluido de las bonificaciones, generándose una situación discriminatoria e injusta.
Este cambio de criterio ha sucedido gracias a Sentencias del Tribunal Supremo que han sentado jurisprudencia y que validan los argumentos que desde Afiris hemos estado defendiendo. Este beneficio va a aplicarse a muchas personas y estamos felices con la noticia.
Índice
Antecedentes
Daniel Blas, responsable del departamento laboral y el mejor asesor laboral que conocemos, en su labor de hackeo del BOE comenzó a abanderar esta causa con el apoyo jurídico de nuestro también colaborador Diego Pascual, gran profesional y experto en Derecho laboral. Este equipo formidable ha conseguido reclamar desde 2015 miles y miles de euros correspondientes a las cuotas de autónomos societarios que hoy, de no haberse reclamado, estarían prescritas.
Para que ningún autónomo se quedase sin la posibilidad de reclamar, publicamos aquí un recurso colaborativo y aquí las instrucciones elaboradas por Daniel, que ha servido de apoyo a compañeros de profesión para que ayudasen a sus clientes a recuperar sus cuotas.
El trabajo ha sido todo un éxito, porque además de recuperar esos beneficios sociales y hacer felices a nuestros clientes, se han ido coleccionando sentencias estimatorias por toda España y finalmente el asunto ha llegado al Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha hablado y la TGSS debe rectificar
Como tras tres sentencias ya existe doctrina jurisprudencial suficiente, la Tesorería de la Seguridad Social está comenzando a resolver estimatoriamente la solicitud de ingresos indebidos presentados en este sentido. ¡Conseguido!
Estas son las sentencias: Sentencia del Tribunal Supremo 1669/2019, 286/2020 y 315/2020 (que es la última, de 4 de marzo de 2020).
El Tribunal determina que no cabe excluir a estos autónomos del derecho a beneficiarse de este incentivo por el mero hecho de ser administradores de una sociedad.
Considera que no puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas.
Al existir ya doctrina jurisprudencial, la Tesorería admite que “procede modificar el criterio que ha venido manteniendo de manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas, ya sea de sociedades limitadas o anónimas, acceder a los beneficios en la cotización”
Entonces ¿puedo reclamar mi dinero?
La prescripción administrativa sucede a los cuatro años así que recomendamos ponerse con ello a la mayor brevedad posible. Es posible que la Administración establezca un sistema de devolución de oficio, pero como el tiempo pasa te aconsejamos presentar la solicitud de ingresos indebidos cuanto antes. En caso de recibir la devolución, desde el punto de vista fiscal procede regularizar la declaración de IRPF correspondientes a las cuotas indebidamente ingresadas.
¿Y si ya había reclamado?
Se aplicará la bonificación a las personas que tengan abiertos recursos de alzada que se hubieran formulado sobre esta cuestión y que estén pendientes de resolver.
Para aquellos autónomos que ya tuvieran una resolución firme, ya sea porque no la impugnaron en su momento o porque hubiera recaído resolución desestimatoria que les hubiera impedido la aplicación de dichos incentivos, únicamente procederá su revisión si se insta expresamente por los interesados.
¿Y cuánto me van a devolver?
Si te diste de alta como máximo hace 4 años (en septiembre de 2016) te devolverán el 80% de lo cotizado durante los 12 primeros meses, el 50% de los 6 siguientes y el 30% de los otros 6 siguientes.
Y si estás en alguno de los supuestos especiales (eres menor de 30 años o mujer menor de 35, tienes diversidad funcional…..) podrás recuperar una cantidad superior porque para estos colectivos las bonificaciones de la tarifa plana duran más tiempo.
De media, estaríamos hablando de unos 4.000 euros más intereses… ¡Merece la pena!
Si te vas a dar de alta a partir de ahora como autónomo/a, la Seguridad Social deberá aplicarte el beneficio desde el primer momento.
Podemos ayudarte
Si eres compañero/a de profesión, abogado laboralista, emprendedor/a o administrador/a de una sociedad y quieres que hablemos de este tema o si quieres que realicemos algún trámite ¿Hablamos?.
Afiris somos una asesoría en Zaragoza especialistas en asesorar autónomos y por nuestra experiencia vemos las complicaciones que sufre este colectivo, por eso trabajamos para hacer la vida más fácil a nuestra clientela y apoyamos iniciativas como esta.
Nos alegramos de que se haya hecho justicia, enhorabuena Diego, Daniel, sentimos orgullo de trabajar con vosotros.
Y enhorabuena también a todos los autónomos valientes que en su día confiaron y se animaron a reclamar justicia social.