Ayudas a pequeñas y medianas empresas para actuaciones de digitalización – Aragón

Además de las ayudas para adopción de medidas de seguridad laboral y digitalización COVID 19, tenemos una nueva convocatoria de subvenciones en Aragón denominada Ayudas a pequeñas y medianas empresas para actuaciones de digitalización.

¿Cuál es el objetivo de esta subvención?

Son ayudas que pretender incentivar la digitalización de las pymes subvencionando las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas.

¿Quiénes podrán acogerse a estas ayudas?

Podrán acogerse a las ayudas las PYME (microempresas, pequeñas y medianas empresas) cuyo CNAE este encuadrado entre los siguientes epígrafes: 

Sección C – Industria Manufacturera – Divisiones 10 a 33.

Sección F – Construcción- Divisiones 41 a 43.

Sección H – Transporte y Almacenamiento – Divisiones 49 a 53.

Sección M – Actividades profesionales, Científicas y Técnicas – Divisiones 69 a 75 

Más requisitos para este último caso:

Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en Aragón.

Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.

Tener la consideración de Pyme conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE).

No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.

Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.

No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.

No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

Quedan excluidos expresamente las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro.

¿Cómo saber cuál es mi CNAE?

Puedes consultarlo aquí o en la documentación de alta de tu empresa, por ejemplo en la de Seguridad Social. Si sólo tienes localizada tu alta censal en Hacienda puedes convertir el epígrafe de actividad IAE al CNAE usando una herramienta de conversión.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas, en los siguientes ámbitos: 

Soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo (herramientas de acceso a redes corporativas, escritorios virtuales, herramientas de videoconferencia o para la utilización de recursos compartidos, y los costes en su caso de implantación y puesta en marcha).

Ciberseguridad (antivirus, frewall, IDS, single sign-on, etc).

Soluciones de marketing digital mediante el desarrollo de aplicaciones enfocadas a la gestión de marketing, posicionamiento y/o gestión de redes sociales.

Mejora de servicios, procesos y productos mediante utilización de soluciones 

desarrolladas con cloud computing, procesos cognitivos y/o big data.

Soluciones digitales en el ámbito comercial como e-commerce que incorporen 

sistemas de pago seguro.

Sistemas de conectividad e incorporación de soluciones TIC que permita la monitorización, control y gestión en tiempo real en la empresa y la digitalización de los procesos de negocio: producción, relaciones con proveedores o clientes, gestión logística y distribución, recursos humanos, cuadros de mando, business intelligence, analítica de datos y soporte a la toma de decisiones.

Automatización de la producción, robótica avanzada y proyectos IoT (internet de las cosas).

Realidad virtual, aumentada y mixta.

Visión artificial.

Fabricación aditiva e impresión 3D 

¿Qué gastos son subvencionables?

Adquisición de activos materiales e inmateriales (hardware y software) para el desarrollo, implantación y puesta en marcha de soluciones de digitalización.

En el caso de costes por uso o alquiler de licencias, aplicaciones o recursos se admitirán los importes correspondientes al periodo subvencionable.

No se considera subvencionable:

– El software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, paquetes de ofimática, aplicaciones de correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.

– Teléfonos móviles y ordenadores personales (de sobremesa o portátiles).

– costes de operadores de telecomunicaciones (alta, cuotas o instalación).

Los gastos e inversiones de consultoría, ingeniería o asistencia técnica externa directamente relacionada con la actuación para la que se solicita la subvención. Los gastos de consultoría/ingeniería/asistencia técnica externa subvencionables serán como máximo el 20% del importe total de la ayuda solicitada.

Importe de las ayudas

Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 50% del gasto subvencionable en el caso de PYMEs y del 70% del gasto subvencionable en el caso de micropymes.

El importe máximo de la ayuda será de 50.000 euros y el importe mínimo de subvención será de 5.000 euros.

Plazos y presentación

El plazo de realización delas actuaciones subvencionables será entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de octubre de 2020.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención desde el 17 de septiembre hasta el 7 de octubre de 2020.

La solicitud puedes tramitarla con certificado digital a través de la web del Gobierno de Aragón, en este enlace.

Si no tienes certificado digital, desde Afiris te ayudamos a obtenerlo sin desplazamientos y vigilamos tus notificaciones electrónicas, puedes preguntarnos aquí.

Nos encargamos de asesorarte y realizar todos los trámites necesarios para crear tu empresa y también de preparar y presentar documentación de subvenciones como estas.

Consúltanos, te informaremos de nuestros servicios para pymes, autónomos y particulares. En este vídeo puedes conocernos un poco más.

 

¿Quieres saber más?

Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

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