Si tienes que presentar una declaración fuera de plazo, Hacienda tiene preparada para ti una serie de recargos y/o sanciones según la situación.
La cuantía de esa factura fiscal depende de dos circunstancias:
. De si declaras voluntariamente o es Hacienda quien te requiere.
. Del plazo que tardes en regularizar la situación.
En este artículo repasamos los supuestos que pueden darse.
Índice
Declaración fuera de plazo sin requerimiento por parte de la Administración
Si te das cuenta de que has olvidado presentar una declaración o se te ha pasado el plazo, lo mejor es presentarla cuanto antes. Es nuestro consejo porque así te enfrentarás a un recargo pero no a una sanción. Teniendo en cuenta que la Administración tiene 4 años para revisar el cumplimiento de obligaciones tributarias… tienes muchas probabilidades de que descubran dicho olvido.
¿Cuál es el recargo por la presentación fuera de plazo sin requerimiento?
Dependerá del tiempo transcurrido entre el último día del plazo y la fecha de tu declaración.
Si la declaración que olvidaste sale a pagar, el importe del recargo será un porcentaje de lo no pagaste en plazo, legislado en el artículo 27 de la LGT:
Tiempo retraso | Recargo (% sobre importe no ingresado en plazo) |
Hasta 3 meses | 5% |
Entre 3 y 6 meses | 10% |
Entre 6 y 12 meses | 15% |
Más de 12 meses | 20% + intereses de demora* |
Los intereses de demora *
Pero… ¿no tienen bastante con los recargos? y eso de los intereses de demora… ¿qué son?
Si han pasado más de 12 meses del plazo de presentación, la Administración no te ha requerido y tú presentas la declaración de forma voluntaria, el recargo será del 20% de lo que te dejaste de ingresar más los intereses de demora por el periodo desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a fin de plazo hasta la presentación de la autoliquidación. El porcentaje de intereses de demora será el interés legal del dinero. En 2020, el 3,75% anual.
¿Cuándo tengo que pagar el recargo?
Una vez presentada la autoliquidación fuera de plazo, la Administración te enviará una notificación informándote del recargo y te dará un plazo para abonarlo. Siempre que se ingrese en periodo voluntario tendrás posibilidad de reducir el recargo en un 25%.
Declaración fuera de plazo con requerimiento por parte de la Administración
Si no has presentado una declaración obligatoria en plazo es muy posible que tarde o temprano Hacienda se de cuenta y te la requiera.
Ten en cuenta que la Agencia Tributaria cuenta con un potente sistema informático alimentado con datos y lo tienen muy sencillo para cruzarlos y detectar incumplimientos.
Si la declaración que no has presentado sale a pagar habrás cometido una infracción regulada en el artículo 191 de la LGT y conlleva una sanción de entre el 50 y el 150% del total de la deuda. El porcentaje final dependerá del perjuicio económico causado a Hacienda y de si es una infracción que ya se ha cometido con anterioridad.
Como ejemplo, por la falta de presentación de una declaración de IVA modelo 303 por importe a pagar de 3.000 €, puedes acabar pagando la cuota no ingresada (3.000 €) no ingresada más una sanción de 1.500 €.
Cómo reducir una sanción de Hacienda
Si has recibido un requerimiento, lo mejor es presentar la autoliquidación requerida cuando antes. Una vez presentada recibirás el importe de la sanción y también se le pueden aplicar reducciones:
- Reducción por conformidad: 30% si aceptas la sanción impuesta.
- Reducción por pago: 25% sobre el importe una vez aplicada la reducción por conformidad (si procede) si se ingresa la sanción en el periodo voluntario de pago que indique la notificación.
La reducción por conformidad es un aliciente que establece la Agencia Tributaria digamos para que se nos quiten las ganas de discutir la propuesta de sanción.
Declaración fuera de plazo a devolver, a cero o informativa
Aunque parezca increíble, no todas las declaraciones que tenemos que presentar ante Hacienda son a pagar. Es posible que salgan a devolver y en otras ocasiones se trata de declaraciones informativas (ni pagas ni te pagan, sólo informas de operaciones realizadas).
En el caso de declaraciones a devolver o con resultado cero, la presentación fuera de plazo implica una infracción leve y está legislada en el artículo 198 de la LGT. La sanción consiste en una multa fija de 200€. Por ejemplo, una sanción por presentar un modelo 303 fuera de plazo con resultado cero.
Si la declaración fuera de plazo es de carácter informativo, la sanción es de 20€ por cada dato o conjunto de datos que hagan referencia a una misma persona o entidad, con un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€. Por ejemplo, una sanción por presentar fuera de plazo del modelo 347.
Si presentas este tipo de declaraciones sin requerimiento previo de Hacienda, las sanciones se reducen a la mitad.
Tal vez estés pensando que es muy injusto pagar una sanción cuando no has causado ningún perjuicio a la Administración, pero la normativa tributaria es inflexible y el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Aunque estés emprendiendo por primera vez y desconozcas los trámites, aunque no ganes “ni para pipas” con tu negocio, si te olvidas de presentar una declaración….no te vas a librar de la sanción.
No obstante la imposición de sanción siempre empieza con una propuesta de expediente sancionador, es decir es posible recurrir las sanciones de Hacienda.
Como ves, el impacto económico en caso de presentaciones fuera de plazo por omisiones u olvidos pueden llegar a ser muy altos, por eso lo más importante es que dejes tus cuestiones fiscales en buenas manos y te dediques a lo que realmente importa, cuidar de tu negocio y de tu clientela.
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