Si estás pensando en iniciar un negocio, o ya lo tienes pero trabajas como freelance o autónomo/a y estás pensando en crear una sociedad limitada, te contamos los pasos a seguir, ya que la creación de una empresa sl requiere ciertos pasos.
Te aconsejamos que cuentes con ayuda experta en creación de empresas nuestros profesionales te puedan asesorar y acompañar en todo el proceso no dudes en preguntarnos.
Estos son los pasos generales, que pueden acelerarse si constituyes la sociedad a través de un punto PAE.
Índice
Pasos para crear una sociedad limitada
0. Elabora un pacto de socios.
Este paso no es obligatorio, pero sí muy recomendable desde nuestra experiencia de 30 años creando y asesorando empresas.
Es fundamental que exista claridad y transparencia entre las personas que van a formar parte de la sociedad. En la escritura que se firma no se habla de remuneraciones, de expectativas, de qué pasa con detalle si alguien quiere dejar el proyecto… y el momento de hablar y plasmar todo por escrito es en los comienzos. El pacto de socios es una herramienta de tranquilidad empresarial para evitar conflictos entre socios o tener mejores herramientas de resolución si los hay, y preservar el negocio y las relaciones personales.
Hemos sido testigos de procesos de pacto de socios que han finalizado no montando la sociedad. Y con los clientes felices porque se han dado cuenta de que ese no era el camino, y transforman el proyecto en colaboración o en lo que les haga sentir bien.
Y las personas que han seguido adelante, han construido su negocio sobre una base mucho más sólida.
Te recomendamos este vídeo de nuestra amiga y colaboradora Eva Ferrer. Si te planteas realizar un pacto de socios y necesitas orientación cuéntanos.
Y lo mismo respecto a los colaboradores con los que vayas a contar, es fundamental claridad en los acuerdos y te aconsejamos siempre plasmarlos por escrito en un contrato mercantil.
1. Solicitud de la denominación social.
Hay que ponerle nombre a tu sociedad y solicitar un certificado de denominación social al Registro Mercantil Central. Puedes poner varias opciones, y ten en cuenta que la denominación social no tiene porqué coincidir con la marca de la empresa. Por ejemplo, escribimos desde Afiris y nuestra denominación social es IRIS ASESORES, S.L.
El Registro expide un certificado, que necesitarás para los siguientes pasos. Su obtención significa que el nombre queda reservado por 6 meses, pero la validez para registrarlo ante Notario es de 3 meses, si por lo que sea tardaras más en firmar la escritura tendrías que renovarlo.
2. Abrir la cuenta bancaria de la sociedad
Una vez obtenido el certificado del Registro Mercantil las personas que van a asociarse ya pueden acudir al banco a abrir la cuenta para la sociedad, donde depositarán su aportación. El capital mínimo son 3.000€, pudiéndose realizar también aportaciones no dinerarias (maquinaria, equipos, etc) que deben ser correctamente valorados.
Atención, la entidad bancaria es probable que no te deje tocar ese dinero hasta que la escritura no esté inscrita en el Registro Mercantil.
3. Redactar los estatutos sociales.
Los estatutos regulan el funcionamiento de la sociedad, atendiendo al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
En ellos tenemos que contemplar varios aspectos que configurarán el funcionamiento de la sociedad: denominación, duración, cuál va a ser el domicilio social, cuál va a ser el objeto social (actividad de la empresa), importe del capital social, cómo se transmiten las participaciones, cómo se toman las decisiones en junta de socios.
Y un tema importante, quién va a representar a la sociedad como administrador único, o si hay varios, si van a ser mancomunados, solidarios…
Como socio de una sociedad, tienes derechos. Pero atención, si ostentas la representación tienes una responsabilidad que debes conocer y te aconsejamos definir y pensar muy bien la estructura societaria.
4. Firma de la escritura en el Notario.
La escritura publica de la empresa limitada recoge los estatutos sociales y se aportan a la Notaría tanto el certificado de denominación social como el certificado de aportaciones dinerarias del capital social. La firma de la escritura de constitución de la sociedad debe ser firmada por todos los socios en nombre propio o a través de representante.
Si alguno de los socios es extranjero, necesitará NIE español y habrá que observar lo que dice la normativa en materia de prevención de blanqueo de capitales.
5. Obtención del NIF provisional.
Con la escritura ya se puede obtener el NIF provisional ante la Agencia Tributaria aportando la documentación acreditativa, tiene validez de 6 meses y será definitivo cuando la escritura esté inscrita en el Registro Mercantil, pero no cambiarán la letra ni los números.
6. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Si se inicia la actividad hay que presentar declaración censal (modelo 036) de alta en la Agencia Tributaria. Si la sociedad de momento no se da de alta, es decir se deja la sociedad inactiva, atención que también hay obligaciones.
Un sociedad limitada tributa por Impuesto de sociedades la declaración se presenta en julio de cada año y también hay pagos a cuenta. Si tu empresa es de nueva creación, atención a este beneficio fiscal. Te aconsejamos tener siempre una planificación fiscal adecuada que te permita ahorrar impuestos.
Ya sabes que la Agencia Tributaria vigila nuestras operaciones y puede revisar las de los últimos cuatro años, uno de los objetivos de la Inspección son las sociedades interpuestas.
7. Alta de Seguridad Social de los socios o administradores.
También variaciones en caso de que ya lo sean. Es importante tener claro el encuadramiento a nivel laboral de los socios y administradores, ya que el régimen de seguridad social aplicable cambia dependiendo del porcentaje de participación, el nivel de representación que ostentan….
Un socio que sea únicamente capitalista simplemente posee una parte del capital y tiene entre sus derechos el de recibir dividendos, si no administra ni aporta trabajo a la sociedad no debe darse de alta en Seguridad Social.
Atención, que es posible recuperar mucho dinero reclamando la tarifa plana de autónomos, ya que la Seguridad Social no aplica esas bonificaciones en el momento del alta. Te lo contamos todo aquí.
8. Inscripción en el Registro Mercantil.
Una vez pasada la Escritura por la oficina que corresponda de la Comunidad Autónoma (para liquidar le impuesto de operaciones societarias, por ejemplo en Aragón en caso de creación de sociedad está exento) va al Registro Mercantil para ser inscrita.
9. Obtención del NIF definitivo.
Se aporta a la Agencia Tributaria la escritura ya registrada, y se obtiene el NIF definitivo.
Trámites de creación de sociedad finalizados. A partir de aquí, la sociedad tiene que cumplir con sus obligaciones fiscales, de no hacerlo de forma continuada además de imponer sanciones Hacienda podría revocar el NIF. Con el NIF revocado no puedes acceder a la cuenta bancaria y por lo tanto se impide el desarrollo de la actividad.
Además de todo esto, dependiendo de la actividad que realices es posible que necesites autorizaciones y licencias, como la licencia de apertura si tienes un local, la autorización de Sanidad si manipulas alimentos, etc.
Ten en cuenta que las sociedades limitadas tienen obligación de recibir notificaciones de forma electrónica, así que necesitarás el certificado digital.
Si en algún momento decides dejar la actividad, porque vaya mal desde el punto de vista económico o por cualquier otro motivo, debes de tener en cuenta los costes de cerrar una empresa. Disolver y liquidar una empresa es básicamente hacer los trámites de constitución de empresa pero a la inversa. Siempre que no existan deudas, ya que en ese caso podrías tener que acudir a la vía concursal.
En Afiris llevamos 30 años creando empresas y acompañando procesos empresariales desde que son una idea, una semilla.
Somos una asesoría diferente y la innovación está en nuestro ADN. Puedes conocernos más aquí. En la práctica, cuando ayudamos a crear empresas trabajamos un equipo de economistas, abogados y graduados sociales para así ofrecer a la persona a la que atendemos una triple perspectiva: fiscal, mercantil y laboral. Con un «bonus track», que es el de nuestra visión global y experiencia empresarial, para ayudarte a tomar las mejores decisiones y puedas aprovecharte de nuestros consejos e ideas.
Tras crear tu sociedad, te recomendamos una buena planificación fiscal de tu empresa, nosotros somos expertos en la materia y ayudamos a nuestros clientes a mejorar su factura fiscal.
Cualquier cosa en la que sientas que te podemos ayudar, consúltanos.