Nuevos valores catastrales: revisión catastral Ayuntamiento de Zaragoza

Desde el 18 de junio y hasta el 15 de julio, los propietarios de inmuebles en Zaragoza están recibiendo una carta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la que se cómo obtener la notificación del nuevo valor catastral de sus inmuebles y los datos relativos al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que será efectivo en 2013, así como la clave de acceso personal para realizar el trámite.

Para acceder a la notificación, el usuario podrá acceder a través de internet utilizando DNI electrónico o la clave de acceso que se comunica por correo postal.

En caso de no disponer de acceso a internet, los interesados podrán dirigirse personalmente a las siguientes oficinas:

  • Gerencia Territorial del Catastro (C/ Albareda, 18).
  • Ayuntamiento de Zaragoza ( Edificio Antiguo Seminario en Vía Hispanidad 20)
  • Puntos de información catastral (PIC) abiertos en las distintas administraciones.
  • Oficinas de la Juntas Municipales y Vecinales (mediante cita previa disponible en la página web www.zaragoza.es o en el teléfono 010).

Con la revisión catastral se incrementan los valores del suelo y los inmuebles y por tanto, del recibo del impuesto anual de IBI que pagarán los propietarios en 2013.

El Ayuntamiento de Zaragoza contempla unas reducciones y la aplicación de los criterios de progresividad para amortiguar el impacto de la subida, además de que el recibo se fraccionará en 3 plazos.

¿Qué se puede hacer frente a la subida de impuestos?

El valor catastral del inmueble es la base para aplicar gravámenes de varios impuestos, no sólo el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), también el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por eso le aconsejamos que revise muy bien los datos que tiene el Catastro acerca de su inmueble: titularidad, superficie… además de los criterios que se siguen para calcular el nuevo valor catastral.

Se pueden presentar alegaciones a esos nuevos valores y si son aceptadas, podría haber una revisión a la baja del valor con el consiguiente ahorro de impuestos. Para ello se establecen unos plazos y procedimientos, si necesita información, consulte con nosotros y contará con el asesoramiento de un técnico especializado.

 

¿Quieres saber más?

Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Posts relacionados

Hacienda puede mirar tu contabilidad

A partir de ahora Hacienda te puede exigir la contabilidad en un procedimiento de comprobación limitada (iniciado por el órgano de Gestión Tributaria), sin necesidad

Comunicación de datos a la TGSS

La Tesorería General de la Seguridad Social ha empezado a enviar mensajes a los autónomos con el objetivo de depurar su base de datos. Recordad