Ley antimorosidad

Queremos comentar los aspectos más destacados de la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la más conocida como Ley Antimorosidad que ha entrado en vigor el 7 de julio.
Una de las consecuencias de la crisis económica ha sido el incremento de impagos, retrasos y prórrogas en la liquidación de facturas vencidas, lo que afecta especialmente a las pymes que dependen normalmente del crédito a corto plazo. Esta ley pretende corregir desequilibrios y favorecer la competitividad logrando un crecimiento equilibrado de la economía.
Modificaciones en los plazos de pago:

SECTOR PÚBLICO

Se reduce a un máximo de treinta días el plazo de pago, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2013, siguiendo el calendario expuesto a continuación. La ley propone un procedimiento efectivo y ágil para hacer efectivas las deudas de los poderes públicos, y mecanismos de transparencia para un mejor cumplimiento de las obligaciones de pago.

SECTOR PRIVADO:EMPRESAS
 
EL plazo máximo de pago es de sesenta días por parte de empresas para los pagos a proveedores. Este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes, para evitar posibles prácticas abusivas de grandes empresas sobre pequeños proveedores. También se refuerza el derecho a percibir indemnización por incumplimientos y se promueve la adopción de buenas prácticas en materia de pagos.
Calendario de plazos de pago:
Sector público
Hasta 31/12/2010 55 días
01/01/2011 hasta 31/12/2011 50 días
01/01/2012 hasta 31/12/2012 40 días
A partir de 01/01/2013 30 días
Sector privado
Hasta 31/12/2010 85 días
01/01/2011 hasta 31/12/2011 85 días
01/01/2012 hasta 31/12/2012 75 días
A partir de 01/01/2013 60 días

¿Creéis que se llegarán a cumplir esos plazos de pago? en general 30 días en la caso de la Administración y 60 días en el caso de empresas privadas, sin posibilidad de pactar otro plazo distinto.

En el caso de producto fresco y perecedero, el plazo de 30 días es de aplicación desde la entrada en vigor de la ley y en el caso de las constructoras de obra civil que mantengan contratos de obra con diferentes Administraciones Públicas, los plazos serían 120 días (hasta 31/12/2011), 90 días (hasta 31/12/2012) y 60 días (hasta 31/12/2013).
Los plazos de pago se computarán a partir del día de recepción de los bienes o servicios adquiridos.

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Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

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