El Boletín Oficial del Estado ha publicado dos órdenes ministeriales con entrada en vigor 16 de julio de 2023 por las que se actualiza la compensación de gastos por kilometraje para quienes usen un vehículo para desarrollar su trabajo.
La exención en IRPF por gastos de locomoción será de 0,26 euros por kilómetro recorrido.
El objetivo es cubrir el combustible y los gastos relacionados con el desgaste ocasionado al vehículo y sus posibles averías. También entran dentro de esta protección, aunque de manera proporcional, el seguro y los impuestos relacionados con el vehículo.
Una de las órdenes contempla las indemnizaciones para los empleados públicos que deben utilizar su propio vehículo para trabajar, mientras que la otra recoge las exenciones de las que podrán disfrutar los contribuyentes en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) por los gastos de locomoción que afronten en su desempeño diario utilizando un coche o cualquier otro vehículo.
Has ahora la exención tenía una cuantía hasta el momento de 0,19 euros por kilómetro, cantidad establecida en el año 2005 y que hace tiempo que se quedaba muy corta dado el notable incremento de los gastos de combustible en todos estos años.
Mediante esta medida se actualizan estas compensaciones, con la correlativa elevación de los importes exentos en concepto de dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Las retribuciones por dietas y gastos de kilometraje realizadas por parte de las empresas a personas trabajadoras son un tema controvertido tanto con Inspección de Trabajo como con la Agencia Tributaria, y la Administración puede solicitar las justificaciones que correspondan para demostrar la realidad de los desplazamientos por los que se está aplicando esa remuneración exenta.