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Soy autónomo ¿es deducible el gasto de teléfono móvil? | Afiris

Soy autónomo ¿es deducible el gasto de teléfono móvil?

Si tienes una actividad profesional o empresarial es fundamental que conozcas los criterios para que los gastos sean considerados deducibles.

Lamentablemente la Agencia Tributaria mira a los autónomos como «presuntos defraudadores» y determinados gastos son objeto de conflicto en comprobaciones e inspecciones.

En otros post hemos repasado cuáles son los gastos deducibles para empresas o para autónomos que trabajan desde casa, en este artículo nos centramos en un gasto en particular… el teléfono móvil.

Tres requisitos imprescindibles para que un gasto sea deducible:

. Tiene que estar vinculado a la actividad.

. Tiene que estar siempre justificado con facturas a tu nombre.

. Tiene que estar registrado en la contabilidad.

Los gastos de teléfono son con frecuencia objeto de discusión con Hacienda  dado que confluye el matiz profesional y el profesional, y la normativa de IRPF exige que esos gastos estén exclusivamente afectos a la actividad para ser deducibles.

Si eres autónomo, tal vez no estés todo el día trabajando pero casi, y seguro que parte de tu tiempo lo inviertes hablando por teléfono con clientes, proveedores y colaboradores.

Pues ojo que según el criterio de Hacienda, no te puedes deducir nada de ese gasto porque no está exclusivamente afecto a tu vida profesional, ya que también lo puedes usar para chatear con los amigos, mirar el facebook de tus contactos y jugar al Candycrush…

Aunque siempre hay que analizar cada caso, para que sepas cuál es el razonamiento de Hacienda compartimos una consulta vinculante (V2731-18 de 15 de Octubre de 2018) donde un contribuyente preguntaba si se podía deducir el gasto de teléfono móvil en un supuesto muy habitual, en el que la compañía telefónica emite una única factura, incluyendo teléfono móvil, el teléfono fijo, internet y televisión, sin desglosar el importe total entre todos los servicios prestados.

Según el principio de correlación de ingresos y gastos, aquellos que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad y así se acredite serán deducibles, mientras que cuando no exista esa vinculación o no se pruebe suficientemente no serán fiscalmente deducibles en la actividad económica.

Pues bien, el criterio de la Dirección General de Tributos para determinar la deducibilidad de los gastos derivados del uso de una línea de telefonía móvil es que serán deducibles en la medida en que esta línea se utilice exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica.

Es decir, que si una línea telefónica se utiliza exclusivamente el gasto derivado de la misma será deducible de los ingresos de la misma.

Ahora ves y prueba eso…!!

Como en el caso planteado la línea de telefonía móvil se utiliza indistintamente para fines particulares como para fines profesionales,  la consulta vinculante responde que no se podrá deducir gasto alguno.

¿Cómo te quedas? ¿Te parece igual de injusto que a nosotros?

En caso de comprobación o inspección de Hacienda, si la Administración determina que se han deducido gastos que no proceden, puede exigir abonar los impuestos pagados de menos, con intereses y una sanción en relación al importe no abonado en su día. Hacienda tiene cuatro años para revisar las declaraciones de impuestos, pero puede ser que no lo haga nunca por eso algunos contribuyentes asumen el riesgo de deducir ciertos gastos y cruzan los dedos para que Hacienda nunca llame a su puerta.

Demostrar la afectación exclusiva de algunos gastos es complicado por no decir imposible. Si existen dos líneas de teléfono, una personal y otra profesional es más fácil acreditarlo.

Todo lo aquí expuesto debes tenerlo en cuanta si ya eras autónomo o si estás comenzando a trabajar por cuenta propia, ya que estar al día con hacienda siendo autónomo es tan o más importante como aprender a facturar sin ser autónomo.

Es fundamental registrar y deducir correctamente todos los gastos, a nadie nos gusta pagar impuestos de más. Esperamos que este artículo sea de utilidad, y si necesitas ayuda para presentar tus declaraciones o para resolver tus dudas, te interesarán nuestros servicios de asesoría fiscal.

¿Quieres saber más?

Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

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