Llega la cita anual con Hacienda, el momento de presentar la declaración anual de la renta.
Este año la campaña está marcada por los ERTEs.
. Habrá personas que hasta ahora no estaban obligadas a presentar la declaración y si el SEPE como segundo pagador supera 1.500 € siendo el conjunto de los rendimientos del trabajo mayor de 14.000 € … les toca presentar declaración.
. Seguramente las personas a que les toque declarar incluidas en un ERTE en 2020, hayan percibido cantidades del SEPE por ese concepto que no llevarán retención y por lo tanto, les tocará pagar.
. Las mujeres que sean madres y hayan estado en ERTE de suspensión total no podrán aplicarse las deducciones fiscales de maternidad y guardería.
. Es posible que haya personas que hayan recibido cobros indebidos del SEPE y tengan que regularizar la situación.
Todo esto hará subir la factura fiscal, y la Agencia Tributaria lo tiene previsto, por eso coincidiendo con el inicio de campaña de renta se ha publicado en el BOE una Orden del Ministerio de Hacienda que permite que los contribuyentes afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) puedan fraccionar el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Índice
¿En cuántos plazos puedo fraccionar el pago de la renta si he estado en ERTE en 2020?
El importe a pagar podrá fraccionarse durante 6 meses sin intereses.
El pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021. No se devengarán intereses de demora durante dicho fraccionamiento ni será necesario aportar garantías siempre que no exceda de 30.000 euros.
¿Y si no he estado en ERTE y quiero aplazar la renta?
Podrás acogerte al fraccionamiento habitual en dos plazos.
El primero, al finalizar la campaña de Renta, el 30 de junio, del 60% del importe. El segundo, a primeros de noviembre, del 40% restante. Esta opción no lleva intereses.
Si quieres negociar otro aplazamiento o fraccionamiento, por ejemplo mensual durante varios meses, también puedes, es cuestión de solicitarlo a la Agencia Tributaria, recuerda que debes estar al corriente de pagos y que la cantidad aplazable sin garantías es de 30.000 €.
¿Y si me sale la renta a devolver?
Como siempre, la Agencia Tributaria tiene de tiempo para devolverte sin intereses durante 6 meses desde que termina el plazo de presentación de las declaraciones, esto es hasta el 31 de diciembre de 2021. ¡Paciencia!
Te aconsejamos revisar muy bien los datos que la Agencia Tributaria facilita para hacer la declaración y si tienes dudas, solicita ayuda a un profesional que te asesore para tributar los euros justos y no perder ninguna deducción.