Si examinamos nuestras escrituras de préstamo hipotecario observaremos cómo en la mayoría de los casos se hace referencia a un tipo de interés variable que se calcula teniendo en cuenta, generalmente, la variación del Euribor (tipo de referencia más habitual) más un porcentaje que puede ser 0,50%, el 0,75%,…
Esto significa que cada seis meses o cada año (en función del plazo de revisión pactado en la escritura) se recalculan nuestras cuotas que pueden ser un poco más (si el Euribor ha subido) o un poco menos (si el Euribor ha bajado). En estos últimos años debido a la crisis económica, el Euribor ha conocido mínimos históricos.
El dato importante es que esa variación puede no estar siendo efectiva, en la práctica.
Es debido a la cláusula suelo.
La cláusula suelo hipotecaria en un préstamo establece cual será el tipo mínimo de interés que se liquidará en las correspondientes cuotas de dicho préstamo.
Esto significa que, establecido ese “suelo”, si el tipo mínimo de interés baja por debajo del mismo, el deudor no podrá beneficiarse de esa rebaja en las cuotas del préstamo.
Si continuamos leyendo nuestra escritura de préstamo hipotecario (no confundir con la escritura de compra de la vivienda) podemos encontrar una coletilla final que diga algo así como …»En ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación podrá ser superior al 12,50% ni inferior al 3,50%»
Esto es la cláusula suelo.
Y en la práctica puede estar suponiendo pagar entre 150 y 300 euros mensuales más de media.
¿Qué significa la cláusula suelo?
La cláusula suelo significa que el Banco se garantiza, en cualquier caso, un tipo de interés mínimo, por ejemplo, este 3,50% y que le va a dar igual que el euríbor baje tanto que sumado al diferencial arroje, por ejemplo, un 2,14% o un 1,76% o un 0,9% o la cifra que resulte porque seguirán liquidando intereses al tipo fijo del 3,50%.
La diferencia, como decíamos, pueden ser entre 150 y 300 euros mensuales de media.
¿Es legal la cláusula suelo?
Sí es legal siempre que se cumplan determinados requisitos, que no suelen cumplirse.
Estos requisitos son fundamentalmente el de información y el de transparencia de las condiciones bancarias, para que el firmante de la hipoteca sepa «qué está en juego», qué riesgo asume, y cómo opera esta cláusula de «interés variable» que, en definitiva, puede convertirse en cláusula de «interés fijo» si la evolución del euríbor es a la baja, como así ha resultado.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto en una sentencia de 9 de mayo de 2013 que ha abierto la veda a las reclamaciones en este sentido.
Se constata que en muchos de los casos, la mayoría de los clientes firman sin un adecuado conocimiento y comprensión, sin capacidad de negociación y en condiciones que se denominan de adhesión, es decir, «estoy es lo que hay y si quieres lo tomas y si no lo dejas».
Esto no es legal ya que va en contra de la protección a consumidores. Y por ello esta condición del préstamo hipotecario se está declarando nula, por un claro vicio de consentimiento, en muchos Juzgados y Tribunales de España.
Queremos ayudarte a eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca para que puedas beneficiarte de la caída de los tipos de interés. Se trata de examinar tu caso en concreto y analizar opciones.
Desde Afiris te ofrecemos asesoramiento legal y toda la información necesaria para que evites preocupaciones y puedas tomar decisiones con claridad.
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