El pago a la Cámara de Comercio deja de ser obligatorio

El RD Ley 13/2010, de 3 de diciembre, suprime el recurso cameral permanente y establece la voluntariedad de pertenencia a las Cámaras de Comercio.

Este texto acaba con la financiación de las instituciones camerales, que rechazan la medida y consideran que hoy es más necesario que nunca el impulso a las políticas de competitividad y apoyo para las empresas.

Las Cámaras de Comercio ofrecen servicios de internacionalización, innovación, formación, nuevas tecnologías y emprendedores, que sirven de apoyo al desarrollo económico.

En resumen, con efectos a partir del pasado día 3 de diciembre de 2010, la pertenencia a las Cámaras de Comercio es voluntaria. Hasta la fecha la pertenencia a las Cámaras de Comercio era automática y obligatoria, y si usted decide darse de baja en su respectiva Cámara de Comercio habrá que estar a lo establecido por la misma para el proceso de baja.

¿Quieres saber más?

Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

2 comentarios

  1. Desde el 1 de enero 2011 sólo serán miembros de las Cámaras quienen voluntariamente lo manifiesten, las empresas que no hagan nada, dejan de ser miembros automáticamente, pero tendrán que seguir pagando cuota durante 2011 y las grandes empresas durante 2012.
    Personamente como comerciante he pagado una cuota ridícula y no he recibido servicios, pero soy consciente de la labor de las Cámaras en favor del comercio y la industria, sobre todo de la ayuda a que las empresas exporten, y considero más rentable una cuota a la Cámara que a una asociación de empresarios y voy a tener más servicios si los necesito.

  2. Soy autonomo. Nunca he pedido ser de la camara de comercio, Nunca han hecho nada por mi ni me han prestado servicio alguno, y Nunca he pagado la cuota, lo que han hecho ha sido embargarla de mi cuenta con intereses.
    Por lo tanto estoy deacuerdo con esta medida, el pago por un servicio. Si no hay servicio, no hay pago.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Posts relacionados

Hacienda puede mirar tu contabilidad

A partir de ahora Hacienda te puede exigir la contabilidad en un procedimiento de comprobación limitada (iniciado por el órgano de Gestión Tributaria), sin necesidad

Comunicación de datos a la TGSS

La Tesorería General de la Seguridad Social ha empezado a enviar mensajes a los autónomos con el objetivo de depurar su base de datos. Recordad