La Tesorería General de la Seguridad Social ha empezado a enviar mensajes a los autónomos con el objetivo de depurar su base de datos.
Recordad que este 2023 cambia el sistema de cotización de autónomos y, por tanto, la Administración quiere tener todo muy bien controlado.
Las administraciones de Tesorería han empezado a mandar mensajes como este:
Extracto de email enviado desde la Administración
Nos ponemos en contacto con usted porque la normativa actual obliga a incorporar a nuestras bases de datos la información sobre las sociedades y personas jurídicas en general de las que forma parte cada trabajador autónomo, en base a lo que establece el artículo 46.3 del Reglamento General de Afiliación. El objeto final es solicitar correctamente los datos a la Agencia Tributaria con el fin de calcular los rendimientos para el momento de regularizar las bases el año próximo.
Ya sabe que debe tramitarlo por medio de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, SEDESS. Se ha puesto ya operativo el servicio de alta de las sociedades que no tienen código de cuenta de trabajadores. El nombre es algo equívoco, pero le ponemos el enlace en la parte inferior del correo. Hay que entrar en él con el certificado de representante de la sociedad, el que le proporcionarían y utiliza para comunicar los datos a la Agencia Tributaria. El servicio de modificación se permitirá más adelante.
También debe comunicar si además de su actividad en la sociedad que le detallamos usted tiene otra u otras de forma individual, o si forma parte de otras sociedades como trabajador y no solo como capitalista. En este caso debe indicarlas siempre que dicha circunstancia determine su alta en RETA. Es decir, en caso de sociedades mercantiles si tiene más del 33% de la sociedad y por tanto tiene el control o bien tiene más del 25% y el nombramiento de administrador, o si tiene el control por parentesco y convivencia con más del 50% del capital. Si son participaciones menores no es necesario.
Dicha información se incorporará en el Fichero de Actividades a través del servicio “Comunicar nueva actividad en trabajo autónomo” del portal de la TGSS -IMPORTASS- Puede utilizar el otro enlace de la parte inferior del correo.
Aunque el plazo termina en octubre le instamos a que no lo deje hasta el último momento. No dude consultar a través de IMPORTASS cualquier duda que le surja. Por si le es útil también incorporamos un enlace directo. De todos modos, le adjuntamos un anexo con las instrucciones del nuevo servicio.
Los datos que constan ahora en nuestra base de datos son:
Número de Seguridad Social XXX
DNI/NIE XXX
Apellidos y Nombre XXX
CIF de la sociedad XX
ENLACES de los servicios:
Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial
Comunicar nueva actividad en trabajo autónomo
IMPORTASS. Envío de una solicitud.
El correo electrónico es de redacción enrevesada (como ellos mismos reconocen), y remite a tres enlaces diferentes a los que se accede con certificado digital o incluso en uno de ellos mediante una foto, que la persona debe realizarse y compartir sosteniendo el DNI.
La opción de Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial está pensada para aquellos autónomos/as que sean societarios/as pero no tengan asignado un código de cuenta de cotización (básicamente por no tener contratadas personas trabajadoras). Se accede con el certificado digital de representante.
En las comunicaciones que hemos visto desde Afiris, la Administración no distingue entre autónomos societarios que por el contrario sí que tienen código de cuenta de cotización y que además están adheridas al Sistema Red (remitiendo al usuario de Red para poder realizar ese trámite de comunicación ingente de datos).
En la otra opción Comunicar nueva actividad en trabajo autónomo se accede con el certificado de persona física y está pensada para comunicar varias actividades (por ejemplo actividades formativas u cualquier otra) y además si se participa en otras sociedades (como socio trabajador o capitalista) y siempre que se tenga el control efectivo de las mismas.
Índice
¿Qué supone ser autorizado RED?
Ser autorizado RED supone estar autorizado para cumplir con la gestión de la mayoría de las obligaciones de empresas y personas dadas de alta en autónomos en relación con la Seguridad Social. En definitiva todas estas opciones:
Todas estas labores son invisibles por parte de las empresas, y para los profesionales se traducen en horas y horas de trabajo comunicando datos o nuevas obligaciones que emanan de un boletín llamado “Boletín de Noticias Red” que nos suele atormentar los viernes.
¿Existe una ley que obligue a comunicar estos datos que se exigen a las personas dadas de alta en autónomos?
La famosa norma de “cotizar por ingresos reales” impuso en el reglamento de afiliación y cotización la obligación de comunicar ciertos datos que afectan al encuadramiento del colectivo en la Seguridad Social.
Sin embargo, muchos datos se comunicaron en su día por varios canales y la Administración ya dispone de ellos (de la AEAT mismamente).
En el famoso Boletín de Noticias Red (que no tiene rango de ley) se imponen obligaciones para las empresas de comunicar datos y situaciones, muchas de ellas ya aportadas en el momento de la solicitud inicial . En el Art 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se establece que “Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración”
Los profesionales en el centro del problema
Desde los Colegios profesionales y otros colectivos se están presentando quejas ante la Administración Pública. Los profesionales sentimos que se nos está derivando la responsabilidad de comunicar unos datos que ya se tienen o resultan redundantes y se está complicando la labor administrativa de las empresas (y por ende la nuestra).
No queremos cobrar a nuestra clientela por un trabajo que debería hacer la propia Administración con su personal y a la que destinamos muchas horas improductivas a su servicio. Y que además, no se facilita en absoluto a través de comunicaciones sencillas e intuitivas sino todo lo contrario.
Por no hablar de las colas invisibles e interminables y el sistema de citas previas, con el que no puede lidiar ni un robot.
Entendemos que la Administración tiene que recaudar impuestos y cotizaciones, y como colaboradores sociales que somos, contribuimos al cumplimiento de obligaciones fiscales y laborales de nuestra clientela.
Desde nuestra experiencia profesional y siendo testigos del día a día de las empresas, creemos que se pueden hacer las cosas de una mejor manera sin asfixiar a las pymes, autónomos y asesorías con nuevas obligaciones.
El artículo 103 de la Constitución Española establece que: “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.”
Parece que quedan lejos aquellos momentos de pandemia, donde la labor de muchos profesionales fue vital e imprescindible. Sin el esfuerzo, dedicación y sacrificio de los asesores, que trabajamos en situaciones adversas, no hubieran salido adelante los miles de expedientes reguladores de empleo, las prestaciones para trabajadores y autónomos, la transmisión de seguros sociales, la tramitación de ayudas y subvenciones y un largo etc.
La ciudadanía necesitaba soluciones y la Administración estaba ausente.
Tiempo después, la realidad es que los servicios públicos han ido volviendo a la atención pero sentimos la misma ausencia de empatía por parte de la Administración, que no nos facilita la labor a los profesionales del sector ante los distintos procedimientos y regulaciones administrativas y jurídicas que afectan directamente a las relaciones laborales.
Soportamos multitud de cambios en procedimientos administrativos, jurídicos, modificaciones normativas, publicaciones de decretos a última hora, otorgando nuevas responsabilidades y procedimientos en materia de Empleo y Seguridad Social. Una ensalada de normas aliñada de inseguridad jurídica, en contra de los intereses de empresas, autónomos y profesionales.
Busquemos una mejor forma de hacer las cosas.
Ójala la colaboración entre empresas (junto a los asesores que las representan) y la Administración en algún momento sea más fluida, justa y eficiente.
Si has recibido este mensaje de la Seguridad Social
Puedes hacer los trámites de envío de información con tu certificado digital, o hablar con la persona o empresa que tenga tu autorización de RED para poneros de acuerdo en cómo realizar la comunicación de datos.
Te aconsejamos que accedas a tu área personal de Importass para comprobar los datos que la Seguridad Social tiene de ti, especialmente si además de tener actividad económica tienes vínculos con sociedades mercantiles, aunque estén inactivas.