El pasado 15 de enero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025). Esta nueva normativa entró en vigor el 16 de enero de 2025 y sustituye a la anterior CNAE-2009, vigente desde enero de 2009. A continuación, analizamos los principales aspectos de esta modificación, con especial atención a las implicaciones fiscales y administrativas que conlleva para empresas y profesionales.
Índice
Objetivos de la CNAE-2025
La Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) es el sistema oficial que utiliza España para clasificar las actividades económicas según criterios sectoriales. Su actualización persigue:
- Adaptarse a las nuevas realidades económicas, tecnológicas y sociales surgidas en los últimos años.
- Mejorar la recopilación y análisis de las estadísticas de empleo y económicas, así como la elaboración de la contabilidad nacional.
- Cumplir con la armonización internacional, especialmente con la NACE Rev. 2 de la Unión Europea y con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU Rev.5) de Naciones Unidas.
Con esta actualización, se busca facilitar la comparabilidad de los datos estadísticos a nivel nacional, europeo y mundial, contribuyendo a la coherencia de las políticas públicas y al correcto funcionamiento del sistema estadístico.
La CNAE-2025 comenzará a aplicarse de forma general en las estadísticas oficiales a partir del 1 de enero de 2025. Todas las herramientas informáticas y los procesos estadísticos deberán adaptarse a la nueva clasificación.
Registros administrativos – Cómo se actualizan
- Registros comunicados antes del 16 de enero de 2025
Los sujetos responsables disponen hasta el 30 de junio de 2025 para actualizar sus códigos CNAE al nuevo formato. - Registros comunicados a partir del 16 de enero de 2025
Ya deben incluir la nueva codificación CNAE-2025 en el momento de su alta o inscripción.
En los registros administrativos de la Seguridad Social, la actualización de los códigos debe llevarse a cabo entre marzo y junio de 2025. Por otra parte, en otros registros administrativos estatales, la adaptación debe completarse antes del 1 de enero de 2027.
Obligación de comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
La Disposición adicional única del Real Decreto 10/2025 establece la obligación de comunicar la nueva codificación a la TGSS:
- Sujetos responsables ya inscritos a la entrada en vigor (16 de enero de 2025)
Deberán comunicar la clasificación según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025. - Sujetos responsables que se inscriban a partir de la entrada en vigor
Deberán facilitar la codificación CNAE-2025 en el momento de su incorporación. - Doble comunicación (CNAE-2009 y CNAE-2025)
Hasta la entrada en vigor de la nueva tarifa de primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025, será necesario comunicar ambas codificaciones.
Impacto fiscal y recomendaciones para contribuyentes y asesorías
Aunque la nueva clasificación no altera en sí misma las obligaciones tributarias, sí puede afectar a la asignación de epígrafes en los diferentes impuestos y registros fiscales. Por ello:
- Revisión de epígrafes
Las empresas y profesionales deben comprobar si su epígrafe actual se ha visto modificado o sustituido en la CNAE-2025. - Actualización en las bases de datos. Es imprescindible que las asesorías actualicen sus sistemas para evitar discrepancias de información con la Administración.
- Coordinación con la Administración. En particular, con la Agencia Tributaria y con las Comunidades Autónomas que gestionan algunos tributos cedidos, asegurando la coherencia entre la nueva clasificación y la información declarada en liquidaciones tributarias y censos fiscales
El CNAE es muy importante también a efectos de subvenciones y ayudas públicas.
Recursos de apoyo
Para agilizar este proceso, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha habilitado en su página web un espacio específico dedicado a la CNAE-2025, donde se puede encontrar un codificador automático que: Permite la identificación rápida del epígrafe correspondiente a cada actividad (tanto en CNAE-2009 como en CNAE-2025) y la equivalencia entre ambas clasificaciones.
Acceso codificador equivalencia CNAE
Conclusión
La aprobación de la CNAE-2025 surge de la necesidad de adecuar la clasificación de actividades económicas a los profundos cambios experimentados en los últimos años.
Resulta paradójico que, en pleno 2025 y con tecnologías tan avanzadas como la inteligencia artificial, el sistema administrativo continúe operando de forma tan rígida que sean las empresas y sus asesorías quienes asuman, una vez más, la tarea de verificar y actualizar datos, en lugar de aprovechar la automatización y la interconexión entre administraciones para facilitar este proceso.
Al margen de la poca eficiencia del sistema, es importante que todos los actores implicados en la actividad económica (empresas, autónomos, despachos profesionales y las propias administraciones) se coordinen para actualizar códigos y así evitar incidencias en la declaración de actividades a partir de 2025.








