Nueva clasificación CNAE 2025

El pasado 15 de enero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025). Esta nueva normativa entró en vigor el 16 de enero de 2025 y sustituye a la anterior CNAE-2009, vigente desde enero de 2009. A continuación, analizamos los principales aspectos de esta modificación, con especial atención a las implicaciones fiscales y administrativas que conlleva para empresas y profesionales.

Objetivos de la CNAE-2025

La Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) es el sistema oficial que utiliza España para clasificar las actividades económicas según criterios sectoriales. Su actualización persigue:

  • Adaptarse a las nuevas realidades económicas, tecnológicas y sociales surgidas en los últimos años.
  • Mejorar la recopilación y análisis de las estadísticas de empleo y económicas, así como la elaboración de la contabilidad nacional.
  • Cumplir con la armonización internacional, especialmente con la NACE Rev. 2 de la Unión Europea y con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU Rev.5) de Naciones Unidas.

Con esta actualización, se busca facilitar la comparabilidad de los datos estadísticos a nivel nacional, europeo y mundial, contribuyendo a la coherencia de las políticas públicas y al correcto funcionamiento del sistema estadístico.

La CNAE-2025 comenzará a aplicarse de forma general en las estadísticas oficiales a partir del 1 de enero de 2025. Todas las herramientas informáticas y los procesos estadísticos deberán adaptarse a la nueva clasificación.

Registros administrativos – Cómo se actualizan

  • Registros comunicados antes del 16 de enero de 2025
    Los sujetos responsables disponen hasta el 30 de junio de 2025 para actualizar sus códigos CNAE al nuevo formato.
  • Registros comunicados a partir del 16 de enero de 2025
    Ya deben incluir la nueva codificación CNAE-2025 en el momento de su alta o inscripción.

En los registros administrativos de la Seguridad Social, la actualización de los códigos debe llevarse a cabo entre marzo y junio de 2025. Por otra parte, en otros registros administrativos estatales, la adaptación debe completarse antes del 1 de enero de 2027.

Obligación de comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

La Disposición adicional única del Real Decreto 10/2025 establece la obligación de comunicar la nueva codificación a la TGSS:

  1. Sujetos responsables ya inscritos a la entrada en vigor (16 de enero de 2025)
    Deberán comunicar la clasificación según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
  2. Sujetos responsables que se inscriban a partir de la entrada en vigor
    Deberán facilitar la codificación CNAE-2025 en el momento de su incorporación.
  3. Doble comunicación (CNAE-2009 y CNAE-2025)
    Hasta la entrada en vigor de la nueva tarifa de primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025, será necesario comunicar ambas codificaciones.

Impacto fiscal y recomendaciones para contribuyentes y asesorías

Aunque la nueva clasificación no altera en sí misma las obligaciones tributarias, sí puede afectar a la asignación de epígrafes en los diferentes impuestos y registros fiscales. Por ello:

  1. Revisión de epígrafes
    Las empresas y profesionales deben comprobar si su epígrafe actual se ha visto modificado o sustituido en la CNAE-2025.
  2. Actualización en las bases de datos.  Es imprescindible que las asesorías actualicen sus sistemas para evitar discrepancias de información con la Administración.
  3. Coordinación con la Administración. En particular, con la Agencia Tributaria y con las Comunidades Autónomas que gestionan algunos tributos cedidos, asegurando la coherencia entre la nueva clasificación y la información declarada en liquidaciones tributarias y censos fiscales

El CNAE es muy importante también a efectos de subvenciones y ayudas públicas. 

Recursos de apoyo

Para agilizar este proceso, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha habilitado en su página web un espacio específico dedicado a la CNAE-2025, donde se puede encontrar un codificador automático que: Permite la identificación rápida del epígrafe correspondiente a cada actividad (tanto en CNAE-2009 como en CNAE-2025) y la equivalencia entre ambas clasificaciones.

Acceso codificador equivalencia CNAE

Conclusión

La aprobación de la CNAE-2025 surge de la necesidad de adecuar la clasificación de actividades económicas a los profundos cambios experimentados en los últimos años.

Resulta paradójico que, en pleno 2025 y con tecnologías tan avanzadas como la inteligencia artificial, el sistema administrativo continúe operando de forma tan rígida que sean las empresas y sus asesorías quienes asuman, una vez más, la tarea de verificar y actualizar datos, en lugar de aprovechar la automatización y la interconexión entre administraciones para facilitar este proceso.

Al margen de la poca eficiencia del sistema, es importante que todos los actores implicados en la actividad económica (empresas, autónomos, despachos profesionales y las propias administraciones) se coordinen para actualizar códigos y así evitar incidencias en la declaración de actividades a partir de 2025.

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Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

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