Tal como les venimos informando, con la aprobación de los presupuestos generales del 2011 se introducen importantes novedades en la fiscalidad de la vivienda habitual, menos favorables para los nuevos propietarios.
Como hemos recibido numerosas consultas sobre este tema, les ofrecemos un post especial sobre las novedades en la fiscalidad de la vivienda para 2011.
Decidir la compra de una vivienda únicamente por motivos fiscales no es aconsejable, pero el cambio en la deducción por vivienda puede animar a alguien a adquirir una nueva vivienda antes de que se termine el año. Según las últimas noticias, la mayoría prefiere esperar a la expectativa de que desciendan los precios del mercado inmobiliario.
Recordamos que la deducción se aplica sobre las cantidades destinadas a la vivienda habitual, como regla general es una vivienda que debe ser nuestra residencia efectiva al menos durante tres años y ocuparse en el plazo de doce meses desde su adquisición.
Adquisición de vivienda habitual antes de 1/1/2011
Si ha adquirido su vivienda antes del 01/01/2011 y ya está aplicando la deducción por vivienda habitual (del 15% sobre las cantidades destinadas a la compra con una base de deducción máxima de 9.015 euros), esta deducción se seguirá aplicando en las mismas condiciones.
Por tanto, la modificación sólo afectará a las viviendas habituales que se adquieran a partir del 2011.
Adquisición de vivienda habitual después de 1/1/2011
En el caso de que la compra de vivienda habitual después del 01/01/2011, la deducción por se reduce notablemente ya que se tiene en cuenta la base imponible de la declaración de la renta, según estos tramos:
. Los contribuyentes con base imponible superior a 24.107,20 euros no podrán aplicar la deducción por vivienda habitual.
. Si la base imponible del IRPF es igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales
. Si la base imponible del IRPF está comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: la base máxima de la deducción irá desde 9.040 a cero euros de forma regresiva.
Queremos aclarar que el concepto de base imponible no es lo mismo que el salario bruto, el importe de la base imponible puede consultarse en la declaración de renta, casilla 620.
La normativa define las bases máximas las que se puede aplicar la deducción, pero a su vez la deducción está limitada por las cantidades reales que se destinan a la adquisición de la vivienda.
Como ejemplo, si mi base imponible es inferior a 17.707,20 euros la base máxima sobre la que puedo aplicar la deducción son 9.040 euros.
Si la cantidad pagada por la vivienda es de 10.000 euros en ese año, sólo podré deducirme el 15% de 9.040 (1.356 euros). Si la cantidad pagada por la vivienda es de 5.000 euros en ese año, sólo podré deducirme el 15% de 5.000 (750 euros).
Las cuentas vivienda
La deducción por las cantidades depositadas en cuentas ahorro-vivienda cambia a partir del 2011 de la misma manera que la deducción por vivienda habitual.
Es decir, un contribuyente que deposite una cantidad de dinero en una cuenta vivienda deberá aplicar la misma escala de tramos que se aplica para la deducción en vivienda habitual tanto para las cuentas abiertas a partir de 201, como para las abiertas antes de 2011.
Es decir sólo aplicaremos deducciones por estas cantidades si nuestra base imponible es inferior a los 24.107 euros, en otro caso no corresponde deducción.
Por tanto pueden existir cuentas vivienda abiertas antes del 2011, que no tengan aún los cuatro años de antigüedad, a las que se aplicarán las nuevas reglas.
En resumen, si nuestra base imponible es superior a 24.107 € no interesa aportar a la cuenta vivienda ni abrir una nueva, con la fiscalidad actual.
En cuanto a los plazos, el máximo para adquirir una vivienda es de 4 años desde que se abre la cuenta vivienda. Y durante ese tiempo las cantidades depositadas no pueden utilizarse para otros fines. De no cumplir lo anterior, habría que devolver las deducciones practicadas a la Agencia Tributaria.
Viviendas adquiridas sobre plano
La ley establece un régimen transitorio para las compras sobre plano, las obras de rehabilitación o ampliación de las viviendas en curso en 2010.
Se podrá aplicar la antigua fiscalidad, más para todas las viviendas que se compren sobre plano antes del 01/01/2011 siendo el requisito que se formalice un contrato de compraventa y se entregue señal a cuenta.
Contratos de alquiler con opción a compra
Los contribuyentes con un contrato de este tipo que no hagan efectiva la adquisición de la vivienda antes del 31 de diciembre de 2010 también se verán afectados por el recorte.
Según la ley no tiene importancia el que se hayan pagado cuotas de alquiler con fecha anterior, ya que la opción de compra es una posibilidad que puede cumplirse o no. Así que para poder aplicar la fiscalidad antigua, hay que adquirir la vivienda antes de fin de año.
Estamos a su disposición para resolver sus dudas, consúltenos.