Cómo cambiar la base de cotización de autónomos. Paso a paso.

El pasado 1 de enero se puso en marcha el  nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus rendimientos netos.

Si eres autónomo y necesitas actualizar tu base de cotización, puedes hacerlo de forma sencilla en el portal que habilita la Seguridad Social.

Enlace al portal Import@ss.

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Como cambiar la base paso a paso

  1. Accede a Import@ss
  2. Entra en tu área personal
  3. Selecciona un método de identificación (certificado digital o cl@ve)
  4. En el apartado Trabajo autónomo, pincha “Ver tus datos de autónomo”
  5. Accede a “Cuota y cotización”
  6. Y selecciona “Modificar”
  7. Tendrás información del momento en que se hará efectivo el cambio
  8. Indica los rendimientos netos mensuales previstos 
  9. Podrás ver el tramo de bases de cotización que te corresponde por el rendimiento seleccionado
  10. Selecciona tu base de cotización
  11. Revisa que los datos son correctos
  12. Firma tu solicitud para confirmar el cambio
  13. Listo, puedes descargar la documentación del trámite si así lo deseas

Cuántas veces se puede cambiar de base

Se han establecido un total de hasta seis cambios al año, cada dos meses, teniendo en cuenta que los efectos se producen en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

¿Y si justo no he elegido la base que me corresponde?

Hasta que no cerremos el año y dejemos presentada nuestra declaración de la renta del año 2023 (en junio 2024) no sabremos con exactitud cuál es realmente el rendimiento neto mensual correspondiente al año en curso.

Finalizada la campaña de renta, la Agencia Tributaria facilitará la información a la Seguridad Social.

Además, la Seguridad Social está exigiendo muchísimos más datos de caso de sociedades mercantiles para  asegurarse de que los socios coticen bien.

En la regularización:

Si nuestra cuota no está bien ajustada, porque realmente le habría correspondido un tramo menor o mayor, la Seguridad Social nos notificará cuál es esta diferencia, y tendremos que pagarla o por el contrario se nos devolverá el importe.

No tenemos una bola de cristal, y en muchas ocasiones es complicado saber si la dinámica de nuestra actividad se mantendrá o no.

La opción más segura que tenemos es evaluar nuestros rendimientos netos trimestre a trimestre (es muy importante mantener una contabilidad lo más actualizada posible) para evitar sustos y poder planificar bien las obligaciones fiscales y laborales.

¿Quieres saber más?

Miriam Almazán

Miriam Almazán

Economista, asesora fiscal y especialista en creación de empresas. Directora de Afiris

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