El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto por el que se aprueba la nueva norma de calidad para el pan, que incluye una reducción del IVA al 4% para panes integrales y de otros cereales diferentes al trigo.
Esta norma da una nueva definición de pan común.
El cambio en los hábitos de consumo de pan de las últimas décadas, han hecho necesaria una ampliación de ese concepto, puesto que este pan ya no es exclusivamente al elaborado con harina de trigo, sino que abarca panes elaborados con harinas de otros cereales, incluyendo las harinas integrales.
Cuál es el IVA del pan
Así que desde el 1 de julio de 2019, fecha de entrada en vigor de la norma, estos panes dejarán de tener un IVA del 10% para pasar al tipo de IVA superreducido del 4%.
Los panes considerados especiales seguirán llevando el IVA del 10% como cualquier otro alimento (biscotes, colines, pan de viena, pan rallado, pan tostado, etc.)
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